domingo, 20 de marzo de 2011

Historia de la carretera de Tacna a La Paz (Bolivia)


Llama a sonrisa lo que pregonan la mayoría de los candidatos al Congreso de la República, dizque representando a la región de Tacna, en torno al asfaltado de la carretera Tacna - Palca - La Paz. Ninguno de ellos se ha preocupado en indagar cuál ha sido la historia de esa vía. Estas personas creen que el simple enunciado significa que ya se va a concluir el asfaltado ansiado.
Las ciencias sociales están al servicio de la humanidad, por ende, la historia de dicha carretera debió conocerse, y debe ser uno de los ejes de sustento técnico.
Para que no se nos juzgue como egoístas, va el primer documento histórico que hemos encontrado en nuestras andanzas, por diversas latitudes: 

DECRETO DE SANTA CRUZ SOBRE LA REPARACIÓN DEL CAMINO DE TACNA AL RÍO MAURE

            Estado Sud peruano
            Secretaría General de su excelencia

            Andrés Santa Cruz, Presidente, gran ciudadano y restaurador de Bolivia, protector supremo de los Estados Sud y Nor peruanos, etc.

            Considerando:

I. Que la facilidad de los tránsitos contribuye esencialmente a la actividad de las comunicaciones mercantiles y a la comodidad de los viajeros, dando al mismo tiempo un impulso más enérgico al fomento de la industria y a las relaciones mutuas de los pueblos, que es uno de los medios más seguros de extender los beneficios de la civilización;

II. Que es obligación del gobierno allanar los obstáculos que se oponen a la libre comunicación entre los puertos del mar y los departamentos del interior.

            Decreto

            Art. 1ª Se procederá inmediatamente a la composición de los caminos de Islay a Puno, y de Tacna al río Maure, hasta hacerlos capaces del tránsito del carruaje.

            Art. 2ª Con este objeto el Prefecto de Arequipa nombrará dos personas que se encarguen de la dirección  de la obra del camino de Islay a Puno y de la recaudación de los fondos destinados aquella, que serán los designados en el artículo 4ª de este Decreto.

            Art. 3ª El Subprefecto de Tacna convocará una junta de notables que designará dos personas, a las cuales deberán confiarse las mismas funciones con respecto al camino de Tacna al río Maure.

            Art. 4ª Se establece un peaje de dos reales sobre cada mula de carga, y de medio real sobre cada burro de carga que transita de Islay a Arequipa, de Arequipa a Puno, y de Tacna al río Maure.

            Art. 5ª El Prefecto de Arequipa hará delinear las direcciones de camino, que deberán componerse de Islay a Arequipa y de Arequipa, a Puno.

            Art. 6ª Mi secretario general queda encargado de la ejecución del presente Decreto, y de hacerlo imprimir, publicar y circular.

                                                            Dado en el palacio protector de Palca, el seis de marzo de 1837.

Andrés Santa Cruz

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